No es Competencia

La Defensoría Universitaria no es competente para actuar ante los siguientes hechos:

  • Violaciones de los derechos de carácter colectivo.
  • Resoluciones disciplinadas.
  • Los derechos de naturaleza laboral.
  • Evaluaciones académicas de profesores, comisiones dictaminadoras o consejos técnicos e internos, y en general sobre los procedimientos de ingreso, promoción y permanencia del personal académico. Salvo que se viole algún derecho universitario de naturaleza distinta a la señalada en esta fracción.
  • Las violaciones que se puedan impugnar por otra vía establecida por la ley universitaria y la legislación correspondiente.