El  investigador que participe como revisor o editor de una revista científica,  debe evitar los conflictos de tipo personal, académico o comercial, demostrando  una postura imparcial, indicó el coordinador de las UI, PhD. Eduardo Fuentes. “La  evaluación de un artículo científico debe estar sujeto a estrictas condiciones  de confidencialidad. Los revisores y editores no deben utilizar la información  a la que hubieren tenido acceso sin autorización previa del autor”, añadió. 
            El  expositor también recalcó las diferencias entre círculos y centros de  investigación. Los círculos deben contar con al menos un docente ordinario y cuatro  estudiantes regulares, mientras que los centros se estructuran dentro de las  unidades de investigación de las facultades y están formados por al menos tres  docentes ordinarios. Otra diferencia es que la evaluación para la permanencia del estatus del  círculo de investigación se realizará cada 2 años y en el caso de los centros  es cada 3 años. 
            “Los  centros de las facultades de la UNALM tienen objetivos, líneas de investigación  y proyectos de investigación financiados en el momento de su formación y además  cuentan con un plan de investigación quinquenal que es aprobado por el consejo  de la Facultad”, informó el coordinador general de unidades de investigación. 
            Reglamento de Propiedad  Intelectual 
            La  especialista de la Oficina de Transferencia Tecnológica y Propiedad Intelectual  (OTTPI), Mg.Sc. Elena Ramos, resaltó que la propiedad intelectual está dividida  en tres: Propiedad industrial (invenciones y signos distintivos), Derechos de  autor (obras literarias, artísticas, científicas, registro de software) y Protección  sui generis (variedades vegetales, conocimientos colectivos de pueblos  indígenas). 
            “La  propiedad industrial agrega valor a la empresa, permitiendo el ingreso a nuevos  mercados, la diferenciación y creación de identidad”, informó. 
            En  cuanto a los derechos de autor, estos se dividen en dos: morales y  patrimoniales. Los derechos morales recaen en el creador de la tesis, artículo  científico o libro, mientras que los derechos patrimoniales son de la  universidad porque es en donde el conocimiento fue desarrollado.
           
            
            
           |